Recursos Humanos 2.0: riesgos y oportunidades
Por José Pin, profesor de Dirección de Personas en las
Organizaciones en IESE, Ángela Gallifa, directora gerente de Centros de
Investigación en IESE y Esperanza Suárez, investigadora del IRCO-IESE.
Documento publicado en IESE Insight.
Autor: José Pin, Ángela Gallifa y Esperanza Suárez.
La era de la
colaboración
Colaboración,
creatividad, participación, agilidad, horizontalidad, transparencia,
flexibilidad. Las generaciones digitales están incorporando los valores de
la cultura 2.0 a las empresas y utilizan las redes sociales para ser más
efectivas en la interacción con el resto de empleados y los clientes.
La dirección de
personas no puede quedar al margen de esta evolución. La “jerarquía” de las organizaciones tradicionales
ha quedado obsoleta. Por el contrario, se impone la “redarquía”, un nuevo orden
basado en las relaciones de participación que surgen de manera espontánea entre
personas con intereses parecidos.
Captación de
talento en la Red
El
reclutamiento, selección y captación de candidatos ha variado sustancialmente
con la llegada de las tecnologías sociales. Ahora las empresas recurren al
reclutamiento 2.0 o e-recruiting: no sólo se seleccionan currículos a
través de portales de empleo, sino que también se rastrea la “huella
digital” de los candidatos (los contenidos que vuelcan en redes sociales,
blogs o páginas como YouTube) para elegir el mejor.
Además de
utilizar anuncios en Twitter, Linkedin o Facebook para reclutar, algunas
organizaciones tienen su propia plataforma 2.0. Es el caso de Acciona, que ha
puesto en marcha un canal que integra las redes sociales y profesionales y le
permite acceder de forma rápida y directa a los candidatos.
Los
departamentos de Recursos Humanos deben adaptarse a los nuevos formatos, ya que
se está produciendo una evolución del currículum vítae tradicional al 2.0, en
el que se incluyen materiales y enlaces (vídeos, blogs, etc.) que ayudan a
conformar el perfil del candidato.
Otro reto para
los departamentos de Recursos Humanos es cómo regular el acceso a las redes sociales
en horario laboral.
Es innegable
que el entorno 2.0 está teniendo un fuerte impacto en el derecho laboral. Por un lado, algunos empleados ven violado el derecho
al honor y a la intimidad cuando la empresa utiliza determinadas informaciones
que vuelcan en redes sociales para contratarles o despedirles. Y por el otro
tenemos a las empresas, que quieren ejecutar su facultad de dirección y
control.
¿QUÉ SÓN LOS PLANES DE IGUALDAD?
“Son un conjunto ordenado de medidas,
adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar
en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y
a eliminar la discriminación por razón de sexo” (Art. 46 Ley Orgánica
3/2007).
En el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva entre mujeres y hombres se establece que las empresas están
obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito
laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar
cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que
deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los
trabajadores y trabajadoras en la forma que se determine en la legislación
laboral.
En el caso de las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores, las
medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a
la elaboración y aplicación de un plan de igualdad que deberá ser, asimismo,
objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación
laboral.
Sin perjuicio de lo enunciado anteriormente, las empresas deberán elaborar y
aplicar un plan de igualdad cuando así se establezca en el convenio colectivo
que sea aplicable, y en los términos previstos en el mismo.
La elaboración e implantación de planes de igualdad será voluntaria para las
demás empresas, previa consulta a la representación legal de los trabajadores y
trabajadoras.
Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a
alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como
el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los
objetivos fijados.
Para la consecución de los objetivos fijados, los planes de igualdad podrán
contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo; clasificación
profesional; promoción y formación; retribuciones; ordenación del tiempo de
trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la
conciliación laboral, personal y familiar y, prevención del acoso sexual y del
acoso por razón de sexo.
Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio
del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados
centros de trabajo.
Se garantiza el acceso de la representación legal de los trabajadores y
trabajadoras o, en su defecto, de los propios trabajadores y trabajadoras, a la
información sobre el contenido de los planes de igualdad y la consecución de
sus objetivos.
Lo previsto en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio del
seguimiento de la evolución de los acuerdos sobre planes de igualdad por parte
de las comisiones paritarias de los convenios colectivos a las que éstos
atribuyan estas competencias.
Para impulsar la adopción de planes de igualdad, el Gobierno ha establecido
medidas de fomento, dirigidas a empresas y otras entidades. Entre estas
medidas, la Dirección General para la Igualdad en el Empleo y contra la
Discriminación del Ministerio de Igualdad puso en marcha dos actuaciones: la convocatoria de subvenciones para PYMES
para la implantación de planes de igualdad, y la creación de un
Servicio de Apoyo al diseño y ejecución
de planes de igualdad en las
empresas, que responden al compromiso de facilitar la igualdad entre mujeres y
hombres en el ámbito de las empresas

¿EL COMUNITY MANAGER Y LOS RR.HH?
El puesto de community manager o responsable de comunidad es un campo nuevo dentro del Marketing y la Publicidad Online, pues es una profesión emergente al igual que lo es el Record Manager.
Así, un buen community manager es la persona encargada de crear, gestionar y dinamizar una comunidad de usuarios en Internet con independencia de la plataforma que empleen. La figura se remonta al origen de las comunidades virtuales como "The well" y luego siguió teniendo relevancia en el ámbito de las listas de distribución, los grupos de noticias y los foros web.
Importancia en la Empresa
El profesional en este campo tiene en sus manos una herramienta que utilizan millones y millones de personas en todo el mundo y que a su vez, por ahora, anunciarse es muy asequible para todo el mundo ya sea por redes sociales, Adwords, blog o página web de la empresa. Así que es la herramienta perfecta para dar a conocer una campaña o llegar casi a cualquier tipo de consumidor -indistintamente de sexo, edad, clase social- porque en Internet hay un sitio para cada perfil. En un principio, una o dos personas deberían poder realizar todo el trabajo es decir; creación y realización de las ideas y seguimiento de las mismas, pero este último año llegó a Europa -ya que en EEUU llegó hace dos años- la profesión de Record Manager, que tiene que realizar el seguimiento de las acciones online.Características
Entre las habilidades que debe contar un buen responsable de comunidad se encuentran la facilidad y corrección en la redacción de textos, con especial interés a la hora de titular pues hay unas pautas para la edición de artículos, y la habilidad para fomentar el intercambio de conocimientos y opiniones entre los usuarios. Además, el o los responsables de este departamento deben tener conocimiento de programación web, flash y temas de diseño pues son ellos quienes diseñan y crean las páginas web, las aplicaciones para Facebook y manejan Twitter. Por eso es una profesión especialmente indicada para los profesionales del marketing, publicistas y otros comunicadores, así como profesionales de la información como son los bibliotecarios y los documentalistas.
Fuente : Wikipedia
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